Legislación laboral y educativa

Aunque haya gobernado mucho tiempo bajo estado de sitio, a raíz de movimientos de huelga en Buenos Aires, Rosario y otros lugares del interior, y la política obrera del gobierno no se hubiese caracterizado por una comprensión del fenómeno de la insurgencia de los, trabajadores, cabe señalar la presencia en 1904 en el Congreso, enviado por el poder ejecutivo nacional, de un proyecto de ley nacional del trabajo, especie de Código laboral elaborado por Joaquín V. González. 

Legislaciones generadas

La primera ley obrera, la relacionada con el descanso dominical, fue presentada por el diputado Alfredo L. Palacios y aprobada el 31 de agosto de 1905; prohibía el trabajo el día domingo en fábricas, talleres y casas de comercio. La legislación obrera fue acrecentando en los años sucesivos su radio de acción.

Ley de descanso dominical

De la mano del entonces diputado nacional Alfredo Palacios, la Legislatura le daba formato legal a lo que fue el cimiento de la lucha por la defensa de los derechos de los trabajadores. .
El 6 de setiembre de 1905, el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación sancionaron la Ley número 4661, de Descanso Dominical.
Durante el debate se plantearon por primera vez problemas básicos de la legislación laboral en el país. Palacios expressaba: “Con esto autorizamos la integridad del trabajo, la integridad de la especie, y beneficiamos a la clase obrera que es la más fecunda de la sociedad.” (Palacios, A. Sesión ordinaria, 28 de Septiembre de 1904 Cámara de Diputados, Congreso de la Nación).
Esta fue la primera conquista de los trabajadores argentinos sometidos a un régimen de explotación extrema quienes debían cumplir jornadas de 12 y 14 horas diarias sin descanso.
La sanción de la ley, que fue publicada en el Boletín Oficial el 9 de setiembre del mismo año, se convirtió, junto a otras, en un emblema de la lucha por la defensa de los trabajadores y fue, a la vez, la piedra fundacional del obrerismo en la América hispana.
La transcripción de la norma legal publicada en el Boletín Oficial llevaba las firmas de José Figueroa Alcorta, por entonces vicepresidente de la Nación, y de los secretarios del Senado, B. Ocampo, y de Diputados, Alejandro Sorondo.

Alfredo Palacios

Alfredo Palacios fue electo el 13 de marzo de 1904, por la circunscripción uninominal de La Boca, reconociéndose como el primer legislador socialista de América Latina. Fue autor de gran parte de la legislación laboral argentina y del libro El Nuevo Derecho. Inspiró la Reforma Universitaria de 1918 y fue designado por el Congreso de Estudiantes Latinoamericanos como Maestro de América.
Para las elecciones que se harían en el año 1904, un grupo de inmigrantes italianos del barrio de La Boca llegan al despacho de abogado del Dr. Palacios y le ofrecen la candidatura a Diputado Nacional por el Partido Socialista por la circunscripción 4º. La campaña fue febril, casa por casa, conventillo por conventillo: Palacios se detenía en los patios y daba sus discursos en castellano e italiano y un interpréte lo traducía al xeneize (genovés). El 13 de marzo de 1904, ante una elección en donde dominaba en el resto de la ciudad un clima de fraude de los partidos del régimen, Alfredo Palacios se alzaba con 830 votos que a viva voz no se dejaban sobornar por los políticos de la oligarquía y triunfaba.

Ley Láinez

La Ley 4874, conocida como Ley Láinez, por ser su autor el periodista y senador Manuel Láinez, sobrino del escritor Miguel Cané, fue sancionada el 17 de octubre de 1905, complementando la Ley 1420, sancionada en 1884, que regía en el ámbito de la Capital Federal y Territorios Nacionales, con el propósito de extender la educación pública, laica y gratuita a todo el territorio nacional, apostando a la educación como medio de progreso y pacificación social, en una Argentina donde existía mucho analfabetismo, descontento social, gran cantidad de inmigrantes e ideas socialistas y anarquistas que atentaban contra el orden conservador y liberal imperante. El objetivo era crear escuelas primarias y rurales en aquellas provincias que lo pidieran.

El contexto histórico era violento. El movimiento obrero hacía sentir sus demandas contra las políticas liberales que beneficiaban a los grandes capitales y contra el fraude electoral, en este caso liderado por la Unión Cívica Radical. Esto es reprimido por el gobierno de Quintana, pero la tensión social crece, e incluso el presidente sufre un atentado fallido por parte de un militante anarquista.

Ante estos hechos, el liberal modernista Manuel Láinez intenta democratizar el sistema. Sostiene que el crecimiento del país y su orden dependen de la inversión educativa para lograr educar en la unión nacional, con identidad patriótica, para detener el movimiento socialista y anarquista a través de la alfabetización y no de la violencia. También se incluye la capacitación docente, todo con fondos nacionales.

La idea era establecer escuelas nacionales en territorios provinciales para alfabetizar masivamente e impedir la inmigración hacia la capital.

La ley pronto hizo sentir sus efectos. De 28.152 alumnos que se registraban en 1906, se pasó a contar con 325.000, treinta años más tarde. En 1906 se fundaron 438 escuelas Láinez, un 11 % del total de las escuelas. La población colaboró donando terrenos y levantando paredes. Hacia 1930 el 30 % de las escuelas estaban bajo la órbita nacional, mostrando mucho mayor calidad educativa que la que brindaban las escuelas provinciales.

La crítica a la ley se basó en atentar contra el federalismo provincial, desconociendo las particularidades de cada región, establecido por la Constitución Nacional.

manuel lainez

Desde el Senado, Láinez participó, entre otros debates, en los relativos a la representación de la prensa en el parlamento, a las obras y gastos asociados al desarrollo del ferrocarril, sobre el fomento de la inmigración, las obras de infraestructura y la aplicación de un nuevo censo general.

En materia educativa auspiciaba la instalación de Colegios Nacionales en ciudades del interior, incluyendo casas tutoriales para alojamiento, estudio y educación de los alumnos, para evitar la migración interna de los jóvenes desde las provincias hacia la Capital Federal, sosteniendo que el colegio nacional contribuye con sus profesores al avecinamiento y radicación en los pueblos de provincia.

También se preocupó por el ejercicio del magisterio y el profesorado; presentó un proyecto de ley orgánica del profesorado, incluyendo un régimen de jubilación especial y la protección contra el despido sin causa justa. Propone también un censo del profesorado y del magisterio nacional, que sirva como base para establecer un escalafón. Como integrante de la comisión de presupuesto, Láinez intervino a favor de un gasto eficiente y racional del Tesoro Nacional, en especial en materia de educación pública. En 1919 se desempeñó como embajador extraordinario ante Italia y Francia. Era socio del Círculo de Armas, una asociación con sede en Buenos Aires de acceso muy restringido. Desde su banca en el Senado impulsó y consiguió fuera aprobada el 30 de setiembre de 1905, la ley que lleva su nombre, pese a la oposición de importantes sectores de la sociedad. Esta ley complementó la ley 1420 de educación pública gratuita y obligatoria.


Otras leyes

Se reglamentaron el ejercicio de las profesiones liberales y se reglamentó el ejercicio de la farmacia (11 de setiembre del mismo año) ; hubo importantes reformas en la orga­nización del ejército, del cuerpo diplomático y de la ar­mada; se dictó una ley de defensa de la producción agrí­cola.