Reglamento Provisorio de 1817

Desde sus primeras sesiones el Congreso se abocó de lleno al propósito constituyente. Se nombró una comisión para trabajar en la redacción del Reglamento Provisorio, inte¬grada por Gascón, Boedo y Serrano. Con algunas modificaciones se copió el Estatuto de 1815, el Reglamento fue sancionado el 22 de noviembre de 1816 y remitido al Director Supremo para su promulgación y publicación.


Las revisión y rechazo de Pueyrredón

Pueyrredón lo rechazó, devolviéndolo al Congreso. Su principal objeción eran las limitaciones que se establecieron a sus funciones.

Todo el año 1817 el Congreso discutió en Buenos Aires las reformas, en tanto se nombraba una comisión compuesta por Sánchez de Bustamante, Serrano, Zavaleta, Paso y Sáenz, que estudiaría la constitución definitiva. 

El 3 de diciembre se aprobó el demorado Reglamento y el 9 fue remitido a Pueyrredón ordenando su publicación.

Algunas de sus principales reformas fueron:

  • Nombramiento del Director: su elección se llevaría a cabo por el Congreso.
  • Poder legislativo: estaría en manos del Congreso.
  • Gobernadores provinciales: nombrados por el Director, de una lista de candidatos propuestos por los Cabildos provinciales.
  • Ley de libertad de imprenta de 1811: fue incorporada al Reglamento.
Reglamento de 1817

REglamento provisorio sancionado por el Congreso de Tucumán en 1817 , esto a cuena de la constitución definitica