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La Confederación Argentina |
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La situación planteada por la
provincia de Buenos Aires obligó a las nuevas autori- dades de la
Confederación a establecerse en la ciudad de Paraná, Entre Ríos, que
se transformó en capital hasta 1861.
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Preámbulo
de la Constitución de 1853 |
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Constitución
de la Confederación Argentina |
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Nos
los representantes del Pueblo de la Confederación Argentina,
reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y
elección de las provincias que la componen en cumplimiento de
pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión
nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior,
proveer a la defensa común, promover el bienestar general y
asegurar los beneficios de la libertad, p nosotros, p nuestra
posteridad, y p todos los hombres del mundo que quieran habitar
en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente
de toda razón y justicia: ordenamos, de- cretamos, y establecemos
esta Constitu- ción para la Confederación Argentina. |
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Preámbulo
de la constitución de la Constitu- ción para la Confederación
Argentina, 1° de mayo de 1853. |
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Sede del Gobierno
de la Confederación Ar- gentina en Parana, en esa época el
territorio de la provincia de Entre Ríos fue federalizado hasta
1861
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Constitución de 1853 |
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Los fundamentos doctrinarios de la constitución los
encontramos en la obra de Juan Bautista
Alberdi, Bases y puntos de
partida para la organización política de la República Argentina.
En esta obra plantea la disyuntiva entre una constitución unitaria o
federal y señala que los constituyentes debían tener en cuenta los
antecedentes históricos de ambos pensamientos y producir una
constitución que contemple un sistema mixto de unidad y federación;
también fue importante su proyecto constitucional. Otro pensador
importante fue Esteban Echeverría, autor del Código o declaración
de los principios de la nueva generación conocido también como
Dogma Socialista, señala la necesidad de volver al proyecto de unidad e
indivisibilidad de mayo pero con una organización social adecuada. En
cuanto a las influencias de pensadores extranjeros fue importante la
obra norteamericana El Federalista de Hamilton, Madison y Jay.
Otras fuentes fueron los estatutos, constituciones, ensayos
constitucionales, pactos interprovinciales y reglamentos de nuestro
país.
La constitución promulgada estableció un gobierno
representativo, republicano y federal. El federalismo que adoptó fue
moderado ya que reconoció la autonomía de las provincias pero también
organizó un poder central. El poder legislativo sería bicameral, el
poder ejecutivo unipersonal y elegido por un colegio electoral, sin
posibilidad de reelección y el poder judicial independiente. El
catolicismo se reconoció como religión oficial pero se garantizó la
libertad de culto.
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Las constituciones provinciales debían tener
aprobación del gobierno nacional y los gobiernos provinciales podían
ser juzgados por el Congreso Nacional.
El gobierno nacional podía suspender las garantías
constitucionales por medio del estado de sitio e intervenir las
provincias.
Se declaraba a la ciudad de Buenos Aires sede de las
autoridades nacionales. Aseguraba el ejercicio de las libertades
individuales y llamaba a habitar nuestro suelo a todos los hombres de
distintas nacionalidades concediéndoles derechos civiles. |
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| Presidencia de
Justo José de Urquiza (1854 - 1860) |
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El 5 de marzo de 1854 Justo José de Urquiza y
Salvador María del Carril, presidente y vicepresidente electos de la
Confederación Argentina prestaron juramento ante el Congreso reunido en
Santa Fé. |
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| Justo José de
Urquiza |
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Salvador María
del Carril
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Obra de gobierno de Justo
José de Urquiza |
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| Aspecto Institucional |
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Las provincias promulgaron sus propias constituciones de acuerdo con lo
establecido en la Constitución Nacional. Se designaron los miembros de
la Superior Corte de Justicia y se organizaron los tribunales del
territorio federalizado. Se dictaron las leyes de ciudadanía y de
elecciones.
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| Instrucción pública |
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El Colegio de Concepción del Uruguay y se convirtió
en importante centro cultural. Se contrató en Europa a destacados
profesores como Amadeo
Jacques, Germán Burmeister y Juan Lelong.
Se editó por cuenta del gobierno las obras de Juan
Bautista Alberdi.
Se nacionalizó la
Universidad de Córdoba. |
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Escuela Normal
Superior de Parana |
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| Medidas de carácter interno |
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| Se alentó la
inmigración europea y la instalación de colonias agrícolas; se
realizó un censo nacional (1857; se exploraron los ríos interiores y
se efectuaron estudios para trazar líneas férreas desde Rosario a
Córdoba y a Mendoza. |
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Política exterior |
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El Congreso ratificó los tratados, firmados por
Urquiza antes de ser electo presidente, con Inglaterra, Francia y
Estados Unidos que proclamaban la libre navegación de los ríos.
Se firmaron tratados de amistad y comercio con
Paraguay país al que se le reconoció su independencia, y con Chile y
Brasil.
Se
nombró a Juan Bautista Alberdi
como representante diplomático del gobierno de Paraná en Europa.
Por su gestión Francia, Gran Bretaña y el Vaticano reconocieron la
legitimidad del gobierno de la Confederación. |
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La
constitución de 1853 suprimio todas las aduanas provinciales
entonces la aduana de Rosario se convirtín en la principal
fuente de ingresos económicos de la Confederación Argentina |
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Mariano
Fragueiro , era comerciante y periodis- ta especializado en te-
mas
económicos, fue constituyente en Santa fe, en 1853. Urquiza lo
nombró ministro de Ha- cienda en 1854. En 1861, asumió la
direc- ción de la Casa de Mo- neda de Buenos Aires |
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