El triunfo del voto en blanco

Las elecciones para Convencionales Constituyentes de 1957 demostraron que el peronismo seguía siendo, a pesar de la proscripción, la fuerza mayoritaria.

La mayoría silenciada

Juan D. Perón en el exilio desmostró su poder al votar en blanco

Las elecciones de 1957 representan uno de los hechos más curiosos de la vida política argentina: el triunfo del voto en blanco. La Revolución Libertadora había prohibido mencionar al general Perón. Los militares habían derogado la Constitución del 49, habían repuesto por decreto la de 1853, y ahora aspiraban a reformarla. El peronismo estaba proscripto: el gobierno optó por hacer de cuenta que no existía y convocó a elecciones sin permitirle participar al partido mayoritario. Desde el exilio, Perón reclamó a los peronistas que votaran en blanco. Y así fue como venció el voto en blanco, voz de la mayoría silenciada, de un pueblo que estaba inhibido de expresar sus convicciones libremente. Si se suman los casi dos millones de votos de la Unión Cívica Radical Intransigente, partido que fue a elecciones con la postura de impugnar la legalidad de la convocatoria, queda claro que la gran mayoría de los votantes consideraban que la Revolución Libertadora no tenía ningún derecho a convocar a una reforma de la Constitución Nacional.

La razón de la crítica es sencilla: al fracasar la Convención del quote 57, tras el retiro de los convencionales de la UCRI y los conservadores, la Constitución que quedó en vigencia fue la de 1853. La incorporación al preámbulo de la voluntad de ser socialmente justos, económicamente libres y políticamente soberanos -presente en el texto de 1949- desapareció de la nueva Carta Magna, al igual que la mayor parte de las reformas sociales que se incorporaban. Con la excepción del artículo 14 bis, los Constituyentes no elaboraron ningún texto que preservara los derechos adquiridos en el '49. Los opositores al voto en blanco razonan que, si esa mayoría proscripta hubiese ganado las elecciones a través de algún acuerdo electoral, habría podido evitar el regreso a la Constitución de 1853.

A pesar de su triunfo electoral, la estrategia adoptada por Perón fue cuestionada, incluso por sectores peronistas.

Elecciones nacionales para convencionales constituyentes  AÑO 1957

PARTIDO

TOTALES

En Blanco

2.115.861 (25 %)

Unión Cívica Radical del Pueblo

2.106.524

Unión Cívica Radical Intransigente

1.847.603

Conservadores

582.589

Democracia Cristiana

420.606

Democracia Progresista

263.805

Partido Comunista

228.821

- Fecha de la elección: 28 de julio de 1957 -

El artículo 14 BIS

"El trabajo en sus diversas formas, gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la libre inscripción en un registro oficial. Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de la gestión sindical y las relacionadas con la extensión de su empleo.
El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administrada por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna".

(Artículo 14 bis de la Constitución Nacional de 1957, que intentaba mantener algunos de los derechos sociales que contenía la derogada Constitución del 49.)

VOCES DE LA ÉPOCA
A FAVOR Y EN CONTRA DE LA REFORMA
"No estamos sentados aquí en calidad de constituyentes, sino como simples ciudadanos que nmiegan validez a esta Convención Constituyente y niegan validez al mandato de los señores convencionales". (Oscar Alende, presidente del bloque de la UCRI, al iniciarse las sesiones).
"La Constitución de 1949 debe derogarse, porque entonces casi todo quedó en manos de fascistas y nazistas..., cuya teoría y práctica en el gobierno marcan la etapa más ignominiosa de la vida nacional". (Luciano Molinas, dirigente demócrata progresista, 15 de noviembre de 1955).
"El resultado de las elecciones es una comprobación muy satisfactoria para nosotros, que demuestra nuestra cohesión, disciplina y organización, además de la firmeza en la posición intransigente que mantenemos". (Juan Domingo Perón, 1957).




Reynaldo Pastor, convencional conservador

   
La posición conservadora

Por razones sustancialmente diferentes a las que esgrimían los convencionales de la UCRI, once convencionales conservadores y uno del Partido Cívico Independiente (fundado por Alvaro Alsogaray), dejaron sin quórum a la Convención y la condenaron al fracaso. La mayor parte de las reformas que, hasta entonces, pensaba aprobar la Convención, habían sido propuestas por la UCRP. Los conservadores opinaron, en una declaración pública, que las reformas traían aparejado "el debilitamiento del derecho individual de propiedad (…), que define siempre una peligrosa orientación de colectivismo de izquierda que contraría nuestro derecho".


Luciano Molinas, convencional demoprogresista